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Convocatoria pública de subvenciones para la realización de actividades, la promoción, difusión y normalización del euskera, en asociaciones de padres y madres, centros escolares y asociaciones culturales en 2026
Garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. 2.8.-Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos de subvención elektronikoak barne, dokumentatzea, egiaztapen- eta kontrol-jardueren xede izan baitaitezke, legeak ezartzen duenaren arabera.
Esta convocatoria pública de 2026 del Ayuntamiento de Burlada financia actividades de promoción, difusión y normalización del euskera dirigidas a asociaciones culturales, de padres y madres, y centros escolares. El objetivo es fomentar el uso del euskera en el municipio a través de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, siempre que las actividades se ajusten a los objetivos y contenidos del artículo 4 de la convocatoria.
Podrán solicitar la subvención las entidades que cumplan requisitos específicos: deben ser personas jurídicas legalmente constituidas, estar inscritas en el registro de asociaciones municipal de Burlada, tener su domicilio social y fiscal en el término municipal de Burlada, tener carácter social y carecer de ánimo de lucro. Además, deben ejecutar el proyecto en el término municipal de Burlada, contar con medios materiales y personales suficientes para garantizar el desarrollo efectivo de las actividades, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Burlada y frente a la Seguridad Social, y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2023 General de Subvenciones.
Las entidades que hayan incumplido o vulnerado sus obligaciones con el Ayuntamiento de Burlada en los dos ejercicios anteriores, o que hayan obtenido subvenciones o firmado convenios de colaboración en esos periodos, quedan expresamente excluidas de acceder a esta convocatoria. Asimismo, no será necesario justificar documentalmente aquellos extremos que ya obren en los archivos municipales y no hayan sido modificados en el periodo de tiempo de los cuatro últimos años, a no ser que se soliciten expresamente en estas bases.
Dificultad media Requiere cumplimiento de múltiples requisitos administrativos, domiciliación fiscal en el municipio, ausencia de ánimo de lucro, historial de cumplimiento tributario en los dos ejercicios anteriores y
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en lengua cooficial
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Requisitos
- Ser asociación de padres y madres, centro escolar o asociación cultural.
- Realizar actividades de promoción, difusión y/o normalización del euskera en Burlada.
- Las actividades deben ajustarse a los objetivos y contenidos del artículo 4 de la convocatoria.
- Cumplir el objeto, realizar la actividad y adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
- Destinar la subvención concedida única y exclusivamente a los gastos realizados.
- Justificar que se han cumplido las condiciones y requisitos para obtener la subvención y que se ha realizado la actividad.
- Presentar facturas de las entradas y gastos de cada curso, emitidas conforme a la legislación vigente.
- Acudir a las inspecciones de control realizadas por el órgano emisor y a cualquier otro control de comprobación y fiscalización.
- Informar al órgano emisor sobre la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para financiar las actividades.
- Cumplir las obligaciones tributarias y de seguridad social frente a la administración estatal, foral y local en el momento de la propuesta de resolución.
- Presentar los recursos potestativos (reposición, alzada o contencioso-administrativo) en los plazos establecidos si se impugna la resolución.
Documentos necesarios
- Facturas de las entradas y gastos de cada curso.
- Otros documentos necesarios para justificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos.
Preguntas frecuentes
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
Se regirá por las bases de este documento, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Burlada, la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la Ley 39/2015 y 40/2015, y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales.
¿Qué plazos tengo para presentar recursos si no estoy de acuerdo con la resolución?
Se pueden interponer recursos potestativamente: recurso de reposición en un mes, recurso de alzada en un mes siguiente a la notificación, o recurso contencioso-administrativo en dos meses.
¿A qué organismo debo dirigirme para más información?
Para más información se puede dirigir a las dependencias municipales o al correo electrónico dpd@burlada.es.
¿Qué debo hacer si quiero impugnar la resolución de la subvención?
Se pueden presentar recursos de reposición, alzada o contencioso-administrativo, dependiendo del nivel de la administración que resuelva, respetando los plazos legales.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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