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SUBVENCIONES PARA PERSONAS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES CULTURALES Y/O JUVENILES EN MUSKIZ DURANTE EL AÑO 2026
Esta convocatoria regula la concesión de ayudas económicas para financiar programas anuales y actividades puntuales de carácter cultural y/o juvenil en el municipio de Muskiz durante el año 2026. El objetivo es paliar el déficit económico derivado de la realización de estas iniciativas, cubriendo gastos como materiales, suministros, servicios contratados, seguros, publicidad, mantenimiento de locales y equipamientos, así como dietas y comidas en casos específicos como desplazamientos o actos populares.
Podrán optar a estas ayudas las personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro radicadas en Muskiz, siempre que estén constituidas conforme a la legislación vigente e inscritas en los registros correspondientes. Deberán proyectar realizar programas o actividades culturales de interés para los y las muskiztarras. Excepcionalmente, podrán acceder entidades o personas radicadas fuera del municipio si una parte apreciable de su actividad se desarrolla dentro del mismo o se considera de interés para él. Quedan excluidas las solicitudes de quienes tengan deudas pendientes con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento de Muskiz.
El presupuesto total disponible para esta convocatoria es de 45.000€, distribuidos en 30.000€ para programas anuales y 15.000€ para actividades extraordinarias. Para los programas anuales, el importe máximo de una subvención individual no podrá superar los 6.000€ y no podrá sobrepasar el 75% del importe del presupuesto aceptado. En el caso de actividades extraordinarias, la subvención se decidirá mediante valoración del interés de la actividad según criterio del Departamento de Cultura y Deportes, aplicándose las mismas limitaciones de importe.
Las solicitudes deben presentarse siguiendo el modelo adjunto, aportando la documentación especificada. Los plazos de presentación son de 15 días naturales tras la publicación en el B.O. de Bizkaia para los programas anuales, y hasta el 31 de octubre para las actividades extraordinarias.
Solicitud compleja Se requiere memoria técnica extensa, justificación estricta de gastos con retenciones fiscales, evaluación competitiva por puntos y plazos de justificación posteriores estrictos.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Documento de la convocatoria en español
Requisitos
- Ser entidad o persona sin ánimo de lucro.
- Estar radicada en el municipio de Muskiz.
- Estar constituida con arreglo a la legislación vigente e inscrita en los registros correspondientes.
- Proyectar realizar programas o actividades culturales que sean de interés para los y las muskiztarras.
- No tener deudas pendientes con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento de Muskiz.
- Excepcionalmente, entidades o personas radicadas fuera de Muskiz pueden acceder si una parte apreciable de su actividad se desarrolla dentro del ámbito del municipio o se considera de interés para el mismo.
- Las solicitudes no deben guardar relación directa con ninguno de los ámbitos de actuación atribuidos al objeto de la convocatoria.
- No ser programas objeto de subvención nominativa ni tener inclusión más adecuada o expresa en otras convocatorias del Ayuntamiento.
- Los gastos deben incluir facturas que indiquen claramente: proveedor y su NIF o DNI, cliente (el solicitante) y su NIF o DNI, concepto, precio e IVA si procede.
- Las solicitudes no pueden incluir imágenes y contenidos mediáticos que presenten a las personas como inferiores o superiores en función del sexo, o como meros objetos sexuales, así como los que justifiquen, banalicen o inciten a la violencia, en particular contra las mujeres.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud según modelo adjunto.
- Aportar la documentación requerida.
- Enviar la lista de facturas y documentos de justificación por correo electrónico a la dirección cultura@muskiz.com en formato Excel o similar.
Documentos necesarios
- Modelo de solicitud adjunto.
- Lista de facturas y documentos de justificación.
- Facturas de los gastos.
- Informe de descripción y valoración de la actividad o programa subvencionado.
- Carteles, folletos y cualquier otra publicidad editada (debe aparecer que la Udal subvenciona).
- Lista de facturas y documentos de justificación enviada por correo electrónico a cultura@muskiz.com en formato Excel o similar.
Preguntas frecuentes
¿Qué conceptos son subvencionables?
Son subvencionables los gastos generados por las actividades organizadas por el solicitante, tales como materiales, suministros, servicios contratados, seguros, publicidad, oficina, botiquín, mantenimiento de locales y equipamientos, entre otros.
¿Qué gastos están excluidos?
Están excluidos expresamente las dietas que no estén debidamente declaradas, los pagos a conferenciantes, profesores o colaboradores que no presenten retención de IRPF, IVA o contrato en vigor, así como los gastos de comidas, salvo excepciones para avituallamientos, menús en desplazamientos fuera del municipio o actos populares como sardinadas o chocolatadas.
¿Cuándo se deben justificar las ayudas concedidas?
Las ayudas deben justificarse antes del 31 de enero del año siguiente a la concesión. Si la justificación no es suficiente o correcta, el Ayuntamiento podrá reclamar la totalidad o parte de la subvención.
¿Qué pasa si hay saldo disponible tras conceder las ayudas a programas anuales?
Si tras conceder las subvenciones para programas deportivos anuales queda algún saldo disponible, este se añadirá automáticamente al importe destinado a subvencionar proyectos y actividades deportivas puntuales, ya que estas pueden concederse a lo largo de todo el año.
¿Qué requisitos adicionales tienen las entidades que no están radicadas en Muskiz?
Excepcionalmente, las entidades o personas radicadas fuera de Muskiz podrán acceder a las ayudas si así se determina a propuesta del departamento correspondiente, cuando una parte apreciable de su actividad se desarrolle dentro del ámbito del municipio o se considere de interés para el mismo.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
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