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Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva 2026 de la Delegación Municipal de Fiestas y Carnaval-Línea 4: Entierro de la Caballa.
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, y dentro de los límites presupuestarios que se especifican a entidades, colectivos y asociaciones sin ánimo de lucro, constituidas legalmente, con sede en Cádiz y ámbito de actuación en el municipio de Cádiz, para la realización de actividades a desarrollar en el marco del ENTIERRO DE LA CABALLA 2026.
Esta convocatoria de 2026 concede subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para financiar actividades y programas relacionados con el Entierro de la Caballa, una fiesta popular gaditana que marca el final del verano, con un límite de 7.000 euros por proyecto. Podrán participar asociaciones sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Cádiz, que cumplan con los requisitos legales vigentes, estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no tengan deudas con la administración local.
El importe máximo de la subvención es de 7.000 euros por entidad, siendo la cuantía final resultado de una comparación competitiva entre las solicitudes presentadas, respetando el presupuesto total disponible de 48.900 euros. Las actividades deben ser de interés social o cultural, abiertas al público en general sin discriminación, y no pueden generar ingresos ni cobrar entrada, limitándose a fomentar la cultura del Carnaval, las fiestas tradicionales, la iniciativa artística gaditana o las fiestas gastronómicas.
La solicitud debe presentarse mediante un impreso normalizado acompañado de documentación específica, incluyendo una memoria acreditativa de las actividades realizadas el año anterior, el proyecto detallado con objetivos, justificación de interés social, presupuesto desglosado, calendario, recursos humanos y metodología, así como copias de los estatutos y documentación personal del solicitante. Es obligatorio declarar cualquier otra subvención obtenida para la misma actividad y presentar indicadores de evaluación.
Tras la concesión, el beneficiario deberá justificar el uso de los fondos y la ejecución del proyecto según lo establecido en la normativa. La convocatoria se presenta en una fase de preevaluación para verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos antes de la valoración definitiva de los proyectos.
Dificultad media Se requiere presentar documentación extensa como memoria del año anterior, proyecto detallado con presupuesto y justificación cultural, además de verificar requisitos de inscripción y solvencia admini
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en castellano de la convocatoria
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Requisitos
- Ser entidad, colectivo o asociación sin ánimo de lucro.
- Estar constituidos legalmente.
- Tener sede en el municipio de Cádiz.
- Tener ámbito de actuación en el municipio de Cádiz.
- Que la entrega de la subvención se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
- Que la subvención esté sujeta a la ejecución de un proyecto o realización de una actividad.
- Que el proyecto financiado tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social.
- Que el importe de la subvención no supere el coste de la actividad subvencionada, ni en total ni en concurrencia con otras ayudas.
- Que el proyecto solo contenga una sola subvención municipal como fuente de financiación (incompatibilidad con otras subvenciones municipales).
- Aceptar plenamente las normas de la convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Quién convoca esta subvención?
El Ayuntamiento de Cádiz, a través de la Delegación Municipal de Fiestas y Carnaval.
¿Qué entidad organiza la fiesta financiada?
La actividad es la Línea 4: Entierro de la Caballa, una fiesta popular con marcada seña carnavalesca que marca el final simbólico del verano.
¿Cuál es el importe total presupuestado para la convocatoria?
El importe consignado presupuestariamente es de 7.000,00 €.
¿Cuándo entra en vigor la convocatoria?
Entrará en vigor al día siguiente de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
¿Qué normativa regula esta convocatoria?
Se regula conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza General de bases reguladoras de las Subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Cádiz.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
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