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Resolución de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la edición de audiolibros en lengua catalana u occitana
Esta convocatoria, gestionada por el Instituto Catalán de las Empresas Culturales para el ejercicio 2026, otorga subvenciones para financiar la edición de audiolibros en lengua catalana u occitana. El objetivo es apoyar la producción cultural en estas lenguas, con un periodo de publicación de las obras comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, estableciendo dos ventanas de presentación de solicitudes específicas para cada rango de fechas.
Los beneficiarios elegibles son las personas físicas que no desarrollan actividad económica y las grandes empresas. Para optar a la subvención, los solicitantes deben cumplir con la normativa general de subvenciones y las bases específicas del Instituto, además de tramitar toda la solicitud, justificación y trámites asociados exclusivamente por medios telemáticos a través de la plataforma de la Generalitat de Catalunya.
La dotación máxima de las subvenciones es de 50.000,00 euros por proyecto, con cargo a la partida presupuestaria 470.0001 del Instituto, aunque esta cantidad puede ampliarse en función de las solicitudes recibidas y la disponibilidad presupuestaria, sin superar el importe total de la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes varía según la fecha de publicación del audiolibro, siendo del 10 de junio al 1 de julio de 2026 para obras publicadas entre noviembre de 2025 y mayo de 2026, y del 15 de septiembre al 3 de noviembre de 2026 para las publicadas entre junio y octubre de 2026. Tras la presentación, el órgano instructor elabora una propuesta provisional y definitiva, publicándose las resoluciones en el tablón electrónico de la Generalitat en un plazo máximo de seis meses, tras lo cual las solicitudes no resueltas se consideran desestimadas por silencio administrativo.
Dificultad media La tramitación requiere un proceso telemático obligatorio con múltiples resoluciones normativas acumuladas y plazos de resolución administrativos de seis meses, lo que añade complejidad procedimental.
Descargar el texto de la convocatoria (PDF)
Texto en otra lengua de la convocatoria
Requisitos
- El proyecto debe ser de edición de audiolibros.
- La obra debe estar en lengua catalana u occitana.
- El audiolibro debe haber sido publicado entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026 (o entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2026, según el periodo de presentación).
- La solicitud debe presentarse por medios telemáticos a través del portal Gencat.cat.
Plazos
- Periodo de presentación de solicitudes para audiolibros publicados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026Del 10 de junio al 1 de julio de 2026, ambos incluidos.
- Periodo de presentación de solicitudes para audiolibros publicados entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2026Del 15 de septiembre al 3 de noviembre de 2026, ambos incluidos.
- Plazo para interponer recurso de alzadaEn el plazo máximo de un mes a partir de la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Cómo solicitarla
- Presentar la solicitud por medios telemáticos a través del portal Gencat.cat: informació, tràmits i serveis de la Generalitat de Catalunya (http://web.gencat.cat/ca/tramits).
- Acceder a la plataforma desde la finestreta única de subvencions del Departament de Cultura (http://cultura.gencat.cat/subvencions).
- Esperar a que la persona titular de la dirección del ICEC resuelva sobre la admisión o desistimiento de las solicitudes antes de la concesión.
- Esperar a que la persona titular de la presidencia del Consejo de Administración del ICEC dicte y publique la resolución de concesión o denegación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
Preguntas frecuentes
¿Qué régimen de concesión aplica?
Concurrencia no competitiva, por lo que se otorgarán las ayudas a todos los proyectos que cumplan los requisitos y haya presupuesto disponible.
¿Cuál es la dotación máxima de la convocatoria?
50.000,00 euros, con posibilidad de ampliación en función de las solicitudes recibidas, pero no superior al importe de la convocatoria y condicionada a la disponibilidad presupuestaria.
¿Qué fechas de publicación de la obra son válidas?
Dependiendo del periodo de presentación: entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026, o entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2026.
¿Cómo se notifica la resolución?
Se publica en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, sustituyendo a la notificación individual.
¿Qué pasa si no se dicta resolución en seis meses?
Las personas solicitantes podrán considerar desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.
Otros documentos
Cómo se pide una subvención, paso a paso · Cómo se valora tu proyecto · Cómo se justifica
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